TITULO: TRATAMIENTOS OBLIGATORIOS DE PERROS, GATOS Y HURONES. 2.1 VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA 2.2 DESPARASITACIÓN CONTRA EQUINOCOCOSIS 2.3 TRATAMIENTO CONTRA LEISHMANIOSIS 2.4 UNICA CARTILLA VALIDA “EL `PASAPORTE”
Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de 19 de abril del 2010.
El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios en el ejercicio de sus fines en defensa de nuestros animales de compañía difunde entre los ciudadanos las principales obligaciones y recomendaciones sanitarias y de bienestar que deben ser atendidas por sus propietarios y poseedores, fomentando una tenencia responsable y cívica. Por ello le informa de las recientes novedades en materia TRATAMIENTOS OBLIGATORIOS de nuestros animales de compañía, que, en todo caso, deben ser prescritos y administrados por veterinarios colegiados.
2.1 VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA
- Obligatoria para perros, gatos y hurones. - Periodicidad:
- Primera vacunación a partir de los tres meses de edad del animal.
- Revacunación a los treinta días posteriores a la primera.
- Revacunación cada año.
La vacunación se anotará en el pasaporte del animal y en su ficha clínica en el REGISTRO CENTRAL (RAIA), y se acreditará mediante la implantación en la cartilla o pasaporte del "SELLO ANTIRRÁBICO".
2.2 DESPARASITACIÓN CONTRA EQUINOCOCOSIS
- Obligatoria para perros, gatos y hurones. - Periodicidad:
- Anualmente, mínimo una vez.
Será anotada en su cartilla o pasaporte y en la ficha clínica del animal. Equinococosis o Hidatidosis:
"La hidatidosis o equinococosis es una enfermedad parasitaria grave provocada por vermes de la clase de los cestodos del filo de los platelmintos, un gran grupo de invertebrados con muchas especies parásitas tanto en fase larvaria como adulta. Esta enfermedad está provocada por larvas de Echinococcus granulosus que, a menudo, son ingeridos en alimentos contaminados accidentalmente. Puede afectar a animales, tanto salvajes como domésticos, e incluso al ser humano. Es la enfermedad parasitaria más importante en los países de clima templado y en algunos casos el resultado puede ser fatal.El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios en el ejercicio de sus fines en defensa de nuestros animales de compañía difunde entre los ciudadanos las principales obligaciones y recomendaciones sanitarias y de bienestar que deben ser atendidas por sus propietarios y poseedores, fomentando una tenencia responsable y cívica. Por ello le informa de las recientes novedades en materia TRATAMIENTOS OBLIGATORIOS de nuestros animales de compañía, que, en todo caso, deben ser prescritos y administrados por veterinarios colegiados." (Wikipedia)
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2.3 TRATAMIENTO CONTRA LEISHMANIASIS: Si su veterinario ha diagnosticado que su perro padece leishmaniosis (enfermedad parasitaria muy grave que transmiten mosquitos y que pueden afectar a las personas), deberá optar entre sacrificar a su perro o ejecutar el tratamiento que se le prescriba. En esta caso, el propietario asume la obligación de ejecutar el tratamiento en su totalidad.
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2.4 UNICAS CARTILLAS SANITARIAS VALIDAS:
Desde el 29 de Abril de 2010, todos los perros, gatos y hurones deberán poseer su cartilla sanitaria (pasaporte europeo) y los cerdos vietnamitas y psitácidas (loros, periquitos, etc) deberán poseer su cartilla específica para animales exóticos. En la misma se anotarán todos los tratamientos obligatorios y la identificación del animal, entre otros datos.
Las cartillas sanitarias emitidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden editadas y distribuidas por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios mantendrán su validez hasta su pérdida o deterioro.
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VÁLIDO |
NO VÁLIDO |
Pasaporte Europeo Animales para animales de compañía.
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Antigua cartilla sanitaria de animales comunidad Andaluza.
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